Foto-Rojo
Se llaman semáforo foto rojo y llevan más de diez años funcionando en varias ciudades de España como Madrid, Barcelona, León, Ciudad Real, Logroño, Bilbao, etc. De su gestión se ocupan los ayuntamientos de cada población, así como de las correspondientes sanciones.
Su funcionamiento se basa en cámaras instaladas antes del semáforo que permiten comprobar que los conductores respetan la prohibición y se detienen cuando está en rojo. Se ubican en un soporte a 25 metros de distancia de la línea de detención de los coches para tener una perspectiva panorámica y abarcar tanto al coche como la propia luz del semáforo.
Multas por saltarse un semáforo
Además de las imágenes a color, este sistema de vigilancia incluye una cámara de infrarrojos que captura la matrícula del coche tanto de día como de noche. Por lo tanto la multa solo llegará a aquellos vehículos con matrícula, no a ciclistas o usuarios de patinetes eléctricos.
Como hemos mencionado el sistema realiza las dos fotografías citadas y posteriormente una persona comprueba si las dos imágenes son correctas para en caso de que así sea enviar la correspondiente sanción al infractor.
Se trata de una multa que se considera grave y supone el pago de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carnet de conducir. Eso sí, es fundamental que el semáforo foto rojo esté anunciado y señalizado, si no, la denuncia no será válida.
Desde su implantación este sistema ha generado bastante polémica porque varias sentencias judiciales, ratificadas por el Tribunal Supremo, han anulado en diferentes ciudades decenas de multas foto rojo. De hecho, el ayuntamiento de San Sebastián dejó de utilizar este sistema tras el apoyo del TS.
A esto se añade que en muchas ocasiones los consistorios tienen adjudicada la gestión de este tipo de multas a empresas privadas mediante un porcentaje de la recaudación.
Según el RACE, la razón es que la mayoría de los semáforos foto rojo no tienen una regulación sobre el tiempo de duración del color ámbar. tampoco están sometidos a un control metrológico (verificación y comprobación periódica de los equipos utilizados), según refleja el artículo 83.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Infracción grave de tráfico
Si bien saltarse un semáforo en rojo es una infracción grave, no siempre es ilegal, por ejemplo si se hace para ceder el paso a una ambulancia o a un vehículo de la Policía.
Otros aspectos a tener en cuenta es que según artículo 112 de la Ley de Tráfico, hay un plazo de tres a seis meses para notificar la infracción. Si pasa ese tiempo, la multa habrá prescrito, a no ser que aparezca publicada en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA).
Como es habitual la sanción se puede abonar de forma voluntaria en los 20 días naturales siguientes a recibir la notificación de la denuncia, para de esta forma optar a una rebaja de un 50% por pronto pago. Tras ese período, se pagará la sanción completa sino se ha interpuesto un recurso en el plazo máximo de un mes.
Además del RACE, AEA, Automovilistas Europeos Asociados, también confirma que distintos juzgados y tribunales de España han ido anulando varias sanciones de este tipo por “inseguridad jurídica y falta de garantías de este sistema de captación de imágenes”.
En concreto, una reciente sentencia judicial del Juzgado nº 16 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha estimado un recurso de AEA y ha anulado una multa (200 euros y cuatro puntos del carnet de conducir) contra un conductor por supuestamente no respetar un semáforo en rojo. Además se condena con 150 euros de costas al consistorio madrileño.
AEA señala que se produjo una “evidente falta de comprobación del estado de uso y homologación” del dispositivo con el que se captó la infracción que “es con toda probabilidad la causa que lleva a que los fotogramas que estos sistemas foto-rojo hacen sean oscuras y no permitan visualizar las matrículas de los infractores”.
No es no es la primera vez que un juzgado madrileño anula una multa de este tipo ya que como recuerda su presidente, Mario Arnaldo, “son centenares las sentencias judiciales que nos han venido dando la razón por la falta de garantías de este sistema de captación de imágenes utilizado por el Ayuntamiento de Madrid en 44 intersecciones de la capital desde hace más de una década. Sin embargo, -añade Arnaldo- esta es la primera resolución judicial que anula una multa foto-rojo porque el Ayuntamiento de Madrid no está comprobando las funcionalidades técnicas de estos dispositivos conforme a una nueva norma técnica que entró en vigor hace dos años y que obliga a acompañar a las denuncias cuatro fotografías”. Efectivamente estas imágenes deben plasmar las distintas fases y su tiempo, cosa que no suele hacerse.
AYUNTAMIENTO DE MADRID
Lo cierto es que tal y como han podido verificar los servicios jurídicos de AEA, desde que entró en vigor la nueva normativa técnica que regula el control metrológico de los semáforos foto-rojo, en octubre de 2020, el Ayuntamiento de Madrid puesto más de 74.000 multas (74.096) por importe de cerca de 15 millones de euros, incumpliendo la norma técnica que obliga a acompañar a las denuncias cuatro fotografías.